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16 de marzo de 2004
GOBERNADORES Y ALCALDES NO TENDRÁN QUE SEPARARSE DEL CARGO PARA SER CANDIDATOS
* Por decisión del Directorio del CNE. Por el contrario, si el Presidente de la República, Vicepresidente Ejecutivo, Ministros, presidentes o directores de institutos autónomos y empresas del Estado o entes dotados con autonomía funcional, gobernadores y alcaldes que se postulen a cargos diferentes o en circunscripciones distintas a la actual, deberán separarse del cargo antes del día de su postulación como candidato

 

Los actuales gobernadores, alcaldes municipales, alcalde metropolitano (Distrito Capital) y Distrital (Alto Apure), concejales metropolitanos y distritales, que aspiran al mismo cargo, a los fines de su reelección en el venidero proceso electoral regional del 1° de agosto de este año, podrán permanecer en sus cargos hasta el momento de la toma de posesión del mismo.

Así lo resolvió el Directorio del Consejo Nacional Electoral en su sesión de este martes, según informó Francisco Carrasquero López, máxima autoridad comicial del país, quien precisó que también podrán permanecer en sus cargos los diputados a la Asamblea Nacional, legisladores de los Consejos Legislativos Regionales, concejales metropolitanos y distritales, que se postulen a cargos de elección popular distintos a los que ejercen actualmente.

Indicó que, por el contrario, la resolución aprobada por el Directorio del CNE establece que si el Presidente de la República, Vicepresidente Ejecutivo, Ministros, presidentes o directores de institutos autónomos y empresas del Estado o entes dotados con autonomía funcional, gobernadores y alcaldes que se postulen a cargos diferentes o en circunscripciones distintas a la actual, deberán separarse del cargo antes del día de su postulación como candidato.

A tenor de los artículos 162 y 189 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los rectores electorales decidieron que para optar a ser electo legislador estadal, bien sea el Presidente de la República, el Vicepresidente Ejecutivo, los ministros, los presidentes o directores de institutos autónomos y empresas del Estado,  o entes dotados con autonomía funcional, los gobernadores y secretarios de gobierno; deberán separarse de manera absoluta de sus cargos, hasta tres meses antes de la elección.

Defensa de la autonomía

En cuanto a la decisión de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, el presidente del CNE informó que todos los rectores estuvieron de acuerdo, “como es lógico y normal, defender los derechos e intereses del Consejo Nacional Electoral con los recursos pertinentes que establece el ordenamiento jurídico venezolano sobre la materia”, por lo que giró instrucciones al Consultor Jurídico, Andrés Brito, a tales efectos.

Dijo que apelarán a la autonomía funcional del Poder Electoral en competencia legislativa, de conformidad con lo que estableció la Sala Constitucional cuando fueron designados, habilitándoles para dictar las normativas para los procesos electorales, incluyendo los referendos. “Mantenemos esa autonomía de acuerdo con esa sentencia y la Ley Orgánica del Poder Electoral”, ratificó finalmente.